Número 3, julio de 2004.

 

nota extraido del sitio en internet www.bis.org

Nuevo Marco para la Adecuación del Capital: Basilea II

Los gobernadores de bancos centrales y las autoridades de supervisión del G10 aprueban la publicación del nuevo marco para la adecuación del capital.
26 de junio de 2004.

 

Los gobernadores de bancos centrales y las autoridades de supervisión bancaria del Grupo de los Diez (G10) países se reunieron y aprobaron la publicación del nuevo marco para la adecuación del capital, conocido como Basilea II. La reunión se llevó a cabo en el Banco de Pagos Internacionales, en Basilea, Suiza, un día después de que el Comité de Basilea en Supervisión Bancaria, autor del texto, aprobara su presentación a los gobernadores y supervisores.

En el marco Basilea II se estipulan los detalles para adoptar exigencias mínimas de capital más sensibles al riesgo para las organizaciones bancarias. El nuevo marco refuerza estos requerimientos sensibles al riesgo sentando principios para que los bancos evalúen la suficiencia de su capital y para que los supervisores examinen esas evaluaciones y se aseguren que los bancos poseen capital suficiente como para sostener sus riesgos. Otro de los objetivos de Basilea II es fortalecer la disciplina de mercado, mejorando la transparencia de la comunicación de datos financieros por los bancos. El texto que se dio a conocer hoy, refleja los resultados de un extenso proceso de consulta con supervisores y banqueros de todo el mundo. Y servirá de base para que continúen los procesos nacionales de normatización y aprobación y para que las organizaciones bancarias terminen sus preparativos para la aplicación del nuevo marco.

“Basilea II adopta un enfoque global de la gestión de riesgos y la supervisión bancaria,” explicó el Sr. Jean-Claude Trichet, presidente del grupo de gobernadores de bancos centrales y de autoridades de supervisión bancaria del G10 y presidente del Banco Central Europeo. “Va a incrementar la seguridad y solidez de los bancos, fortalecer la estabilidad del sistema financiero en su conjunto y mejorar la capacidad del sector financiero de servir como fuente de crecimiento sostenible para la economía en general. Me es muy grato ofrecer este marco revisado a la comunidad internacional.”

“El nuevo marco representa una oportunidad sin igual para que los bancos mejoren sus sistemas de medición y gestión de riesgo,” añadió el Sr. Jaime Caruana, presidente del Comité de Basilea en Supervisión Bancaria y gobernador del Banco de España. “Aprovecha y consolida el progreso alcanzado por las principales organizaciones bancarias y ofrece incentivos para que todos los bancos sigan fortaleciendo sus procesos internos. Al motivar a los bancos a modernizar y mejorar sus sistemas de gestión de riesgos, modelos comerciales, estrategias de capital y normas de divulgación, Basilea II debería mejorar su eficiencia general y poder de recuperación.”

Los gobernadores y supervisores del G10 apoyaron los planes del Comité de Basilea de seguir discutiendo sobre algunos aspectos clave de la aplicación del marco con el sector y otras autoridades, al tiempo que siguen adelante los procesos nacionales de adaptación y aprobación.

El Comité de Basilea pretende que el nuevo marco esté disponible para su aplicación en las jurisdicciones miembro a partir de fines de 2006. Los métodos más avanzados de medición de riesgos estarán listos para fines de 2007, para que los bancos y supervisores puedan beneficiarse de un año adicional de análisis de impacto o cálculos de capital paralelos según las normas existentes y nuevas. Los gobernadores y supervisores del G10 instaron a las autoridades de otras jurisdicciones a considerar el estado de preparación de sus estructuras de supervisión para el marco Basilea II y recomendaron que sigan adelante a su propio ritmo, sobre la base de sus propias prioridades.

Los gobernadores y supervisores también agradecieron a todos los que han contribuido, en los últimos seis años, al proceso destinado a desarrollar y fortalecer la calidad del marco revisado y reconocieron el liderazgo de William McDonough y Jaime Caruana, antiguo presidente y presidente en ejercicio del Comité, respectivamente. Indicaron que la labor del Comité de Basilea se había beneficiado de la transparencia y escala de las consultas públicas que tuvieron lugar dentro de los países del G10 y en otras partes del mundo, ayudando a hacer del nuevo marco un producto mundial. Los gobernadores y supervisores señalaron que el Comité de Basilea seguiría trabajando en el espíritu de apertura y consulta en el futuro. La comunicación periódica del Comité de sus planes futuros permitirá que el Comité y el sector establezcan eficazmente sus prioridades de trabajo.

 

Nota a los Editores

¿Qué es el Marco Basilea II?

El documento: Convergencia Internacional de Normas de Capital y Medición de Capital: Un Marco revisado” o “Marco Basilea II,” ofrece un nuevo conjunto de normas para establecer requisitos mínimos de capital para las organizaciones bancarias. Basilea II fue preparado por el Comité de Basilea en Supervisión Bancaria, un grupo de bancos centrales y autoridades de supervisión bancaria de los países del G10, que elaboró la primera norma en 1988.

 

¿Por qué los bancos están sujetos a exigencias de capital?

Casi todas las jurisdicciones que tienen un mercado bancario activo exigen que las organizaciones bancarias mantengan al menos un nivel mínimo de capital. El capital sirve de base para el crecimiento futuro del banco y como un “colchón de seguridad” contra pérdidas inesperadas. Los bancos suficientemente capitalizados y bien administrados están mejor preparados para soportar pérdidas y proveer crédito a los consumidores y empresas por igual a lo largo del ciclo económico, incluyendo las fases descendentes. Un nivel adecuado de capital ayuda por lo tanto a promover la confianza del público en el sistema bancario.

El desafío técnico tanto para los bancos, como para los supervisores, ha sido determinar el capital necesario para proteger al banco contra pérdidas inesperadas. Si el nivel de capital es demasiado bajo, es posible que el banco no pueda absorber pérdidas elevadas. Los niveles excesivamente bajos de capital incrementan el riesgo de quiebras bancarias que, a su vez, podrían poner en peligro los fondos de los depositantes. Un nivel de capital demasiado alto, en cambio, podría impedir que el banco utilice eficazmente sus recursos y restringir su capacidad de otorgar crédito.

 

¿Cuáles son los requisitos que los bancos deben cumplir en la actualidad?

En el Acuerdo de Capital de 1988, se establece la primera definición internacionalmente aceptada del capital bancario, así como una medida mínima del mismo. El Comité de Basilea diseñó el Acuerdo de 1988 como una norma sencilla para que pudiera ser aplicada a muchos bancos en muchas jurisdicciones diferentes. Según el Acuerdo, los bancos deben dividir sus riesgos en “clases” generales de tipos parecidos de prestatarios. Las exposiciones al mismo tipo de prestatarios –como las exposiciones a prestatarios empresariales—están sujetas al mismo requerimiento de capital, independientemente de las posibles diferencias que puedan existir en la solvencia y riesgo de cada prestatario individual.

Aunque inicialmente el Acuerdo de 1988 era únicamente para los bancos internacionalmente activos de los países del G10, rápidamente fue reconocido como una medida de referencia de la solvencia de un banco y se cree que fue adoptado de una u otra forma por más de 100 países. En 1996, el Comité complementó el enfoque original del Acuerdo de 1988 sobre el riesgo de crédito con requisitos para exposiciones al riesgo de mercado.

 

¿Por qué es necesaria hoy una nueva norma de capital?

A raíz de los avances de las prácticas de gestión de riesgos, de la tecnología y de los mercados bancarios, el método tan sencillo de medición del capital del Acuerdo de 1988 ha perdido el sentido para muchas organizaciones bancarias. Por ejemplo, el Acuerdo de 1988 establece exigencias de capital sobre la base de clases generales de riesgos y no distingue entre los grados relativos de solvencia de los prestatarios individuales.

Asimismo, las mejoras de los procesos internos, la adopción de técnicas de medición de riesgos más avanzadas y el creciente uso de prácticas complejas de gestión de riesgos, tales como, la titularización, han cambiado el seguimiento y la administración de riesgos y actividades de las principales organizaciones bancarias. Los supervisores y los bancos más sofisticados han encontrado que las normas estáticas estipuladas en el Acuerdo de 1988 no han seguido el ritmo de los avances de las prácticas de gestión de riesgos. Esto indica que la actual reglamentación del capital ya no refleja las prácticas comerciales reales de los bancos.

 

¿En qué se diferencia Basilea II del Acuerdo de Capital de 1988?

El marco Basilea II refleja mejor los riesgos subyacentes de la banca y ofrece mayores incentivos para mejorar la gestión de riesgos. Basilea II parte de la estructura básica del Acuerdo de 1988 para establecer exigencias de capital y mejora la sensibilidad del marco de capital a los riesgos que los bancos realmente enfrentan. Esto se logrará en parte al adaptar mejor los requisitos de capital al riesgo de pérdidas por crédito e introducir una nueva exigencia de capital para exposiciones al riesgo de pérdida causada por fallas de operación.

El Comité de Basilea pretende, sin embargo, mantener el nivel total de los requisitos mínimos de capital, proporcionando al mismo tiempo incentivos para adoptar los métodos sensibles al riesgo más avanzados del marco revisado. Basilea II combina estos requisitos mínimos de capital con el examen supervisor y la disciplina de mercado para estimular mejoras de la gestión de riesgos.

 

¿Cuál es la meta de Basilea II y cómo se la alcanzará?

La meta general de Basilea II es promover la capitalización adecuada de los bancos y estimular mejoras de la gestión de riesgos, fortaleciendo así la estabilidad del sistema financiero. Esta meta se logrará mediante la introducción de “tres pilares” que se refuerzan el uno al otro y que crean incentivos para que los bancos aumenten la calidad de sus procesos de control. El primer pilar representa un fortalecimiento significativo de los requerimientos mínimos estipulados en el Acuerdo de 1988, mientras que los pilares dos y tres representan adiciones innovadoras a la supervisión del capital.

I. El “Pilar 1” del nuevo marco de capital modifica las directrices del Acuerdo de 1988 adaptando de manera más razonable las exigencias mínimas de capital al riesgo real de pérdida económica de cada entidad bancaria.

II. El “Pilar 2” del nuevo marco de capital reconoce la necesidad de realizar una supervisión eficaz de las evaluaciones internas que hacen los bancos de sus riesgos generales, para asegurar que el juicio de la dirección del banco es acertado y que se ha reservado capital para estos riesgos.

III. El “Pilar 3” apalanca la capacidad de la disciplina de mercado para motivar la gestión prudente, aumentando el grado de transparencia de la comunicación de datos de los bancos al público. Estipula las divulgaciones públicas que los bancos deben hacer para que los inversores tengan una idea más clara de la suficiencia de su capital.

El Comité está convencido de que cuando los participantes del mercado entienden bien las actividades de un banco y los controles que posee para manejar sus riesgos, están mejor preparados para distinguir entre organizaciones bancarias y pueden recompensar a aquellas que manejan sus riesgos con prudencia y penalizar a las que no lo hacen.