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Firma de nuevo convenio CEMLA-DGRV
Matthias Arzbach
Director DGRV
www.dgrv.org
¿Porqué un convenio CEMLA - DGRV?
El CEMLA y la Confederación Alemana de Cooperativas (DGRV) han mantenido relaciones formales desde 1998, año en el cual comenzó el primer acuerdo de cooperación. En el marco de dicho acuerdo se llevaron a cabo varios estudios (-algunos disponibles en la página Web www.dgrv.org -) y seminarios internacionales con énfasis en temas como supervisión y sistema de pagos. Estos fueron financiados con fondos del Ministerio de Cooperación Económica de Alemania (BMZ) através de la DGRV. Con la firma de un nuevo convenio de cooperación y la afiliación de la DGRV como miembro colaborador del CEMLA, la cooperación ahora está entrando en otra fase. Pretendemos aprovechar los fuertes efectos sinérgicos entre un organismo que representa entidades reguladoras y fiscalizadoras del sector financiero y un organismo de cooperación como lo es la DGRV, especializada en intermediación a través de cooperativas.
¿Cuáles son los principales beneficios y beneficiarios?
Aunque los beneficiarios directos de una renovada cooperación entre ambas instituciones son los reguladores y supervisores de instituciones financieras por un lado y el sector cooperativo por el otro, los beneficiarios finales son amplias capas de la población en América Latina y por ende también los sistemas financieros nacionales en dichos países: La experiencia europea ha mostrado cuan valioso puede ser el sector no-bancario y en especial las cooperativas, en el desarrollo de los sectores financieros, dándoles más envergadura y una base social más amplia, lo cual aporta también para una mayor estabilidad sistémica. Para esto es necesario un mejor acceso de la población en general al sistema financiero formal; en Alemania, desde muchos años, una cuenta bancaria es considerada un derecho fundamental de cualquier ciudadano.
¿Qué resultados concretos se esperan?
Se espera una supervisión de las cooperativas de ahorro y crédito (CACs) en países que hasta ahora no han mostrado mucha inclinación hacia la regulación de dichos intermediarios, una normativa prudencial adaptada, un mejor acceso de las CACs a los sistemas de pagos nacionales como efecto colateral de la supervisión y una mejor cobertura por parte de Fondos de protección de depósitos, sea a través de incorporación en los sistemas de los bancos o a través de Fondos de protección aparte, especializados para cooperativas. Todo esto requiere, como primer paso en los países que recién entran en esta discusión, un diálogo entre supervisor y el supervisado sin preconceptos equivocados: el regulador estatal debe tratar de entender el funcionamiento de las cooperativas, las cuales en cuanto al gobierno corporativo tienen características diferentes de las de los bancos (incluso si en la intermediación hagan operaciones similares o idénticas) y las cooperativas deben entender el afán de los supervisores de velar por la estabilidad y solvencia de las instituciones fiscalizadas y del sistema en su conjunto.
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